Una pregunta habitual, especialmente entre aquellos que están finalizando su etapa laboral activa, es ¿qué sucede con la obra social cuando te jubilás?
• Te dan de baja -sin intimación previa- en la obra social que tenías en actividad (en relación de dependencia o como monotributista), transcurridos tres meses desde que te otorgan la jubilación.
• Te impiden derivar los aportes de PAMI hacia la obra social que tenías en actividad, porque sostienen que la afiliación a PAMI es obligatoria y el pase de aportes es automático.
En la actualidad, existe un listado de obra sociales que “aceptan jubilados” y es ínfimo. De aproximadamente 350 obras sociales que existen en la Argentina, escasamente un 20% acepta jubilados en forma voluntaria.
Las leyes Nº23.660, Nº23.661, Decretos Nº170/2024, 171/2024 y 172/2024, consagran la libre elección de obra social.
Por este motivo, judicializamos los casos en una acción rápida de amparo, logrando el éxito en menos de 6 meses. El fundamento radica en la autonomía de la voluntad del afiliado, su derecho de opción de continuar con la obra social que tenía en su etapa activa y, en consecuencia, derivar sus aportes de PAMI a la obra social elegida.
Alcanzar la pasividad no genera que exista una interrupción automática de la prestación médico-sanitaria y que el beneficiario pase directamente al PAMI.
Los jueces son unívocos, sostenidos por las leyes mencionadas y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación –Fallo Albonico-, y ordenan a la obra social mantener la cobertura del afiliado con las mismas prestaciones que tenía en actividad, sin limitaciones ni copagos. En caso de incumplimientos, se determinan sanciones económicas.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) actúa como organismo de retención. Sin embargo, mediante la orden judicial en el proceso de amparo, se realiza el traspaso de aportes de PAMI a la obra social elegida.
En el caso de que se optare por PAMI, la adhesión debe ser voluntaria, NO compulsiva y la manifestación de voluntad debe ser EXPRESA: presencialmente en Agencias de PAMI o virtualmente mediante la página oficial.
La falta de asesoramiento y de información se refleja en poco tiempo con una baja sorpresiva en la obra social donde el afiliado tiene toda su historia clínica y médicos tratantes (en muchas oportunidades atravesando tratamientos oncológicos, crónicos, discapacidad, etc.).
Es importante que al momento de iniciar tu jubilación conozcas las implicancias que tiene en tu cobertura de salud y puedas accionar a tiempo, preservando tu derecho.
Ornella Soledad Foggia
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Escrito por: Ornella Foggia