29 de marzo. Cañuelas, Argentina.

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Lanzaron una ayuda del gobierno Nacional para prestadores turísticos

Se trata de un aporte de 50.000 pesos que se otorgará en dos cuotas.

Uribelarrea. Archivo InfoCañuelas.

Uribelarrea. Archivo InfoCañuelas.

El Gobierno municipal anunció que el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación acaba de lanzar el Fondo de Auxilio para Prestadores Turísticos (APTur), creado por la resolución 262/2020 con el objetivo de brindar un sostén económico a prestadores del sector que vieron afectadas sus fuentes de ingresos por la emergencia pública en materia sanitaria.

El programa dispone de 100 millones de pesos en total como ayuda para 2.000 emprendedores del país que prestan actividades turísticas complementarias como guías, pequeñas excursiones y cabañeros, entre otros.

El Fondo otorga al beneficiario un aporte no reembolsable de $50.000, a pagar en dos partes. Pueden aplicar prestadores y prestadoras de actividades turísticas que sean monotributistas sociales, monotributistas y trabajadores autónomos.

Inscripciones on line del 19 al 26 de junio e información: https://www.argentina.gob.ar/turismoydeportes/aptur

Más información en Subsecretaría de Planificación y Desarrollo de Cañuelas, San Martín 497, de 9 a 13.

ALCANCES

• El Programa promueve la asistencia a los trabajadores y trabajadoras del sector turismo a través del otorgamiento de aportes no reembolsables por la suma de 50.000 pesos, de modo de conferir un sostén económico a las personas prestadoras de servicios turísticos cuyas fuentes de ingresos se vieron afectadas por la emergencia pública en materia sanitaria.

• El Programa se destina exclusivamente a personas humanas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo, Monotributistas Sociales y Trabajadores Autónomos- que desarrollen actividades vinculadas con el sector turismo.

• Se excluye del alcance del APTUR a las personas que se encuentren en relación de dependencia, tanto en el sector público como en el privado y/o que tengan uno o más empleados/as en relación de dependencia a su cargo y/o que perciban prestaciones por desempleo, jubilaciones o pensiones.

• Se excluye a las personas se encuentren vinculados a través de una relación de dependencia o figura contractual afín al Ministerio de Turismo y Deportes u otro organismo provincial y/o municipal de Turismo.

• Se excluye a las personas que adeuden contraprestaciones por cualquier tipo de asistencia que hayan recibido de parte del Ministerio de Turismo y Deportes o que posean cuentas pendientes de rendición.

• Las personas que resulten beneficiarias deberán realizar el curso de capacitación “Nociones de Higiene y Seguridad para Actividades de Turismo” del Programa de Formación Virtual del ministerio.

REQUISITOS

• Acreditar una antigüedad mínima de un año de inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo, Monotributistas Sociales o Trabajadores Autónomos-, en una actividad relacionada con el turismo.

• Acreditar que su actividad se relaciona con el sector turismo mediante: el número de legajo de habilitación para operar como agentes de viaje, un certificado o constancia expedido por el Organismo, Federación, Cámara y/o Asociación Municipal y/o Provincial y /o Nacional de Turismo y/o propio de la actividad que realiza donde conste que la persona solicitante presta un servicio turístico en esa provincia/localidad y en el que se detalle el tipo de actividad/servicio, certificación efectuada por una agencia de viaje habilitada y facturaciones respaldatorias con fecha anterior al 1° de febrero de 2020, y/o el pago de cánones necesarios para operar como guías de parques nacionales o provinciales.

• En la página web del ministerio de Turismo y Deportes (argentina.gob.ar/turismoydeportes/aptur), gestionar una clave, constituir domicilio electrónico en un correo electrónico en el cual serán válidas todas las notificaciones que el Ministerio les curse, completar el formulario correspondiente, que reviste carácter de declaración jurada, y adjuntar la documentación requerida con anterioridad a la fecha y hora de cierre de la convocatoria

• Documentación necesaria: Copia de Documento Nacional de Identidad de la persona postulante. Constancia de su inscripción como Monotributista, Monotributista Social o Trabajador Autónomo. Documentación que respalde la prestación del servicio turístico descrito en la solicitud (sitio web, constancia de habilitación para prestar servicios, certificados, notas de prensa, entre otros).

• La Subsecretaría de Desarrollo Estratégico analizará y evaluará las presentaciones que se efectúen en el marco del Aptur.

• El ministerio notificará la preselección a la persona beneficiaria al correo electrónico declarado en el formulario de inscripción y le solicitará que en el plazo de tres días hábiles ingrese a la página web del ministerio con el mismo usuario y clave utilizado para la inscripción, a fin de adjuntar: la constancia de CBU de una cuenta de su titularidad donde se depositará el beneficio; y la constancia de inscripción en la capacitación virtual.

• Al momento de la acreditación en el campus virtual, deberá indicar su condición de preseleccionada para ser beneficiaria del APTUR.

• El pago del beneficio se hará efectivo a través de dos transferencias a la cuenta declarada por la persona beneficiaria, primero un anticipo de 30 mil pesos y el saldo restante (20 mil pesos) será abonado una vez que haya dado cumplimiento con la capacitación virtual.

• El plazo para la aprobación de la capacitación será de un mes a partir de su inscripción.

• En caso de que la persona beneficiaria incumpliera con el deber de capacitación en el plazo previsto el Ministerio no efectuará el segundo pago del Aptur y el ministerio estará facultado para solicitar el reintegro de los fondos otorgados

Escrito por: Redacción InfoCañuelas