La fiscal María Victoria Huergo y los padres de una de las víctimas, que ahora reside en España, se abrazaron en los pasillos del primer piso de los tribunales de La Plata. “Tengo la piel de gallina” dijo la representante del Ministerio Público. “Es lo que buscábamos, no queremos que a otras chicas y mujeres les pase lo mismo” respondió la mamá, que se cubrió los ojos y se sentó unos momentos para absorber una noticia que esperó pacientemente durante cuatro años.
Este lunes el Tribunal Correccional Nro. 4 de La Plata a cargo de la Dra. Claudia Elizabeth Greco condenó al kinesiólogo Matías Andrés Blanco a la pena tres años y cuatro meses de prisión por hallarlo penalmente responsable de tres casos de abuso sexual (tocamientos) en concurso real entre sí, en perjuicio de S. D., N. B. y J. G. M., esta última de 18 años al momento de los hechos.
Asimismo, la Dra. Greco le dictó la “inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la kinesiología”, lo que había sido pedido por la fiscal y el abogado de J. G. M., Mariano Pazo.
Como agravantes, la magistrada consideró el daño psicológico prolongado, la corta edad de una de las víctimas y que los hechos fueron cometidos por un profesional de la salud en el que las víctimas depositaron su confianza.
La defensa recurrirá el fallo ante la Cámara de Apelación, por lo que la detención y la inhabilitación sólo serán operativas si la condena queda firme en instancias superiores.
En su alegato, la fiscal Huergo había pedido cinco años de prisión y la detención inmediata de Blanco. La Dra. Greco, además de reducir la pena pretendida, consideró que “por el momento no corresponde hacer lugar” al pedido de detención debido a que el imputado “siempre estuvo a derecho, posee domicilio habitual y arraigo en Cañuelas, lo que no permite presumir peligro procesal”.

El anuncio del fallo previsto inicialmente para el viernes 7 se reprogramó debido a un masivo corte de luz que dejó sin suministro a gran parte de la ciudad capital. Este lunes Blanco y su abogado, Alejandro Drago, pasaron un minuto por Mesa de Entradas, retiraron una copia impresa del fallo y se retiraron raudamente sin cruzarse con los querellantes.
En la sentencia, de 29 fojas, la jueza Greco sostuvo que las tres víctimas sufrieron hechos similares en marzo de 2019 y 23 de abril de 2021: tocamientos en sus senos, apoyo del miembro eréctil en sus glúteos y jadeos en la nuca.
La jueza desestimó que estos hechos puedan constituir un “error de interpretación” por parte de las víctimas, como planteó la defensa, que a la vez subrayó la ausencia de testigos que hayan visto u oído los hechos denunciados. “Pedirle a una víctima que se quite el corpiño, quedando desnudos sus senos, los que tocó; susurrar palabras en su oído; sujetar su cuerpo y apoyar su pene erecto; no quedan dudas de que son claras acciones con contenido sexual. Por otra parte, que nadie haya escuchado lo que sucedió es razonable pues ello ocurrió en la privacidad de los boxes en donde se hallaban las víctimas y el victimario. Los susurros al oído, la respiración agitada, por su naturaleza, es muy probable que sean imperceptibles por otros fuera del box” ponderó la magistrada.

“Resalto lo expuesto por la señora Fiscal en cuanto remarcó que no existe motivo alguno para que tres mujeres de distinto rango etario, que no se conocían entre sí, que no tenían contacto y que carecen de un interés económico hagan denuncias falsas, exponiendo su intimidad en una sociedad pequeña de un pueblo como Cañuelas y saliendo en los diarios”.
“Concluyo que han existido los abusos sexuales y a esta conclusión he llegado no sólo de valorar los testimonios de las víctimas, sino también de las deposiciones brindadas por su entorno familiar y de amigos, los cuales fueron coincidentes en un todo con el relato que brindaran las damnificadas, sumado a las conclusiones a las que arribaron las psicólogas escuchadas en el debate (...) quienes afirmaron que los relatos de abuso son ricos en detalles, matices coherentes y racionales, sin contradicciones ni vestigios de mendacidad”.

“Un fallo sesgado”
Alejandro Drago, abogado de Matías Blanco, adelantó que dentro de los plazos previstos (20 días hábiles) presentará un recurso de apelación. “Si se analiza el fallo, cualquiera podrá advertir que fue con bastante sesgo. No se contempló nada de lo que planteé en mi alegato, ni la teoría del caso, ni las pruebas ni lo que dijeron los testigos, ni dada de lo que hizo perder credibilidad a los testimonios únicos, que es sobre lo que se fundamenta todo”.
“Una de las denunciantes perdió credibilidad porque siguió mandando a la hija al mismo centro kinesiológico e incluso los hijos de su pareja siguen yendo al día de hoy. Otra cambió lo que dijo en la denuncia y lo que después dijo en el juicio y la tercera mintió en varios aspectos. Sin embargo, nada de eso fue contemplado. La fiscal desestimó un montón de testigos y encima es un disparate que haya pedido la detención de mi defendido” concluyó.
Escrito por: Redacción InfoCañuelas