17 de marzo. Cañuelas, Argentina.

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Villa Adriana: un vecino fue a la justicia ante la falta de alumbrado público

Un juzgado de La Plata acaba de intimar a la comuna para que resuelva el pedido del contribuyente.

Imagen referencial.

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Luego hacer varios reclamos por la falta de alumbrado público y de no obtener una respuesta satisfactoria del municipio, un vecino del barrio Villa Adriana presentó una acción de amparo por mora ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nro. 1 de la justicia provincial.

El 6 de marzo la jueza María Fernanda Bisio le envió una notificación a la intendente Marisa Fassi haciéndole saber que disponía de cinco días hábiles para informar las causas de la demora en el trámite y enviar copia del expediente administrativo.

El amparo (Expediente Nro. 94913) fue iniciado por el vecino Daniel Olguín Reguera el 2 de febrero pasado. En esa presentación pidió “la reparación y reposición inmediata” de dos luminarias del alumbrado público ubicadas en la cuadra de su domicilio, calle 12 de Octubre al 800. Subrayó que el alumbrado público “es un servicio público esencial cuya omisión afecta derechos básicos de seguridad y habitabilidad”.

En la descripción del caso Olguín explicó que desde el mes de noviembre de 2025 se encuentran fuera de funcionamiento las dos luminarias de la cuadra donde reside, generando una situación de oscuridad total.

“En fecha 27 de noviembre de 2025 efectué reclamo formal ante la Municipalidad de Cañuelas mediante la aplicación Munigestión, el cual quedó registrado bajo el Incidente Nº 11020526, sin que se haya brindado solución alguna. Ante la falta de respuesta y ejecución, el reclamo fue reiterado con posterioridad, sin resultados”.

Luego agregó que el 12 de enero de 2026 presentó un pedido de pronto despacho, intimando a la administración a actuar frente a la inactividad verificada. “A la fecha de interposición de la presente acción (2 de febrero) no se ha reparado ninguna de las luminarias, ni se ha notificado acto administrativo alguno, configurándose una mora administrativa grave y prolongada”.

Por último Olguín Reguera expresó que “La calle en cuestión es lindera a zona de campo, carece de iluminación alternativa y la omisión municipal genera un riesgo concreto para la integridad física, la seguridad personal y el tránsito, tanto de vecinos como de transeúntes. La omisión de mantenimiento del alumbrado público configura una violación al deber estatal de prestación regular y continua de los servicios públicos esenciales, siendo procedente el amparo por mora cuando la administración permanece inactiva frente a un reclamo concreto y reiterado”.

Escrito por: Redacción InfoCañuelas