26 de abril. Cañuelas, Argentina.

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A partir del lunes 8 de junio rige un nuevo horario comercial

El Ejecutivo estableció un cronograma de cuatro categorías en el partido de Cañuelas.

Las farmacias continuarán sin restricciones.

Las farmacias continuarán sin restricciones.

Con el objeto de dar un ordenamiento claro al funcionamiento de comercios y servicios habilitados en el marco de las excepciones a las medidas de ASPO a través de diferentes decisiones nacionales, provinciales y municipales, el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso por decreto una grilla de horarios a fin de facilitar el funcionamiento y el control de la diferentes actividades.

De esta manera, se establecieron cuatro categoría de ordenamiento para los comercios y actividades, a excepción de los rubros hotelería, gimnasios y gastronómicos que aún no están autorizados a reiniciar su actividad (aunque estos últimos pueden llevar a cabo su actividad mediante la modalidad de delivery o entrega en la puerta del comercio).

Todas estas autorizaciones se encuentran sujetas a revisión, tanto en base al cumplimiento de los protocolos por parte de los comerciantes, como a la evolución de la situación epidemiológica en el partido.

Las categorías y horarios que regirán a partir del próximo lunes 8 de junio son:

• Sin restricciones: Se trata de aquellos exceptuado por el Gobierno Nacional: farmacia, estaciones de servicios de combustible, emergencias mecánicas, salud. Todos ellos pueden funcionar con normalidad como antes de las medidas de ASPO.

• Con restricción moderada: Encuadrados en tres subgrupos.

a) Profesionales (no de salud), parqueros, pileteros, inmobiliarias, electricistas, techistas, gasistas, técnicos en electrodomésticos, talleres mecánicos, bicicletarías, casas de repuestos, gomerías, locales de pago extrabancarios, lavaderos, albañiles, obras menores, autorizados provisoriamente a desarrollar el comercio y servicio: de lunes a sábado de 8 a 17hs.

b) Ferreterías, supermercados, carnicerías, panaderías, verdulerías, pollerías y afines, autorizados provisoriamente a desarrollar el comercio: de lunes a sábados de 8 a 17 hs; y domingos y feriados de 8 a 14hs.

c) Peluquerías y pedicurías, autorizados provisoriamente a desarrollar la actividad: de martes a sábados de 8 a 17 hs.

• Comercios de cercanía: aquellos que no se encuentran comprendidos en los artículos anteriores (mercerías, tiendas de ropa, zapaterías, concesionarias, venta de artículos electrónicos, santerías, librerías, casas de fotografía, y otros) autorizados provisoriamente a desarrollar la actividad: de lunes a viernes de 15 a 19 hs. y sábados DE 9 a 13 hs.

• Mudanzas: deben ser autorizadas previamente por el área de Control y Ordenamiento  Urbano, y podrán realizarse los días viernes, sábados y domingos, de 8 a 17 hs.

Los titulares de los Comercios deberán anteponer la salud, sobre todo otro interés y se comprometen a respetar y hacer respetar todos los reglamentos y protocolos existentes contra la propagación y contagio del COVID19.
En caso de constatarse la existencia de infracciones e incumplimiento,se aplicarán multas de entre 50 y hasta 1.000 módulos municipales, es decir de 6.000 a 120.000 pesos.

Escrito por: Redacción InfoCañuelas