La Municipalidad de Cañuelas inició una demanda en el Juzgado Civil y Comercial 27 de La Plata para reclamar que la justicia le restituya un inmueble ocupado, donde está prevista la construcción de una estación de bombeo perteneciente a la futura red de cloacas del barrio La Verónica.
La causa fue presentada a fines de 2025 por Micaela Ramírez, integrante del equipo legal del municipio. El Juzgado a cargo de la jueza Alejandra Salvioli ya dio por aceptada la demanda aunque aún no ordenó ninguna medida debido a la feria judicial.
El inmueble de 457 m2 está ubicado en calles Sin Nombre y Freire (Circ. 1 Secc. D. Manz: 32-h Parcela 8 ; N° de partida: 33915 Matricula: 5958). Tiene una construcción, otra en curso y un alambrado perimetral. En la plancheta de Catastro incorporada al expediente figura que en 1986 pertenecía a la Provincia de Buenos Aires y que en 1968 fue transferido a la Municipalidad, durante la gestión del intendente Jorge Domínguez.
“La Comuna tomó conocimiento de que una persona denominada Sra. Ibarra Cáceres Blanca Irene, sin ser titular registral, ni poseedora legitima, viene ocupando y comercializando fraudulentamente la parcela del inmueble en cuestión ofertándolo y celebrando ventas a terceros, careciendo de todo derecho. La Sra. Ibarra y los ocupantes que vengo a demandar han ocupado ilegítimamente y de forma absolutamente ilegal el inmueble antes referido, sin derecho alguno para ello. Conviene precisar que la Comuna no ha otorgado a los intrusos derecho alguno para que aquellos se instalen en el inmueble en cuestión” sostiene el escrito firmado por la letrada municipal.
“El inmueble en cuestión necesita ser utilizado por la Comuna para la obra ´Ampliación de la red de desagües cloacales en barrio La Verónica y barrios del sur, etapa II´. En ese sentido, resulta importante resaltar que, al momento de la interposición de la presente, el Municipio ha realizado las licitaciones correspondientes para poder llevar a cabo la obra antes mencionada, y que tal accionar de la Sra. Ibarra y/o ocupantes lesiona el derecho de dominio público municipal y entorpece la ejecución de la obra mencionado. La demora en el dictado de la sentencia que haga cesar la conducta dañosa no sólo configurará un premio a los ocupantes ilegítimos, sino que agravará aún más los efectos del ilícito, coadyuvando a lesionar los intereses de la comunidad toda”.
Ramírez sumó un documento firmado el 25 de agosto de 2025 por la directora Provincial de Aguas y Cloacas (DIPAC), Graciela Luisa Ambrosolio, en la que sostiene que tras una visita a la zona de obra “personal de DIPAC comprobó que en el predio donde se construirá una de las estaciones de bombeo (Estación de Bombeo N°3 en las calles Sin nombre y Freire) se ha construido una casa prefabricada con cerco perimetral además de la casilla oportunamente detectada en abril del año pasado (la cual el municipio se había comprometido a desalojar), y atento que esta ocupación impide dar continuidad a la concreción de la obra; se requirió a esa Municipalidad arbitrar las medidas a su alcance tendientes concretar a la brevedad el desalojo de estas construcciones para poder continuar con el proceso licitatorio”.
“En respuesta a ello -continúa Ambrosolio- la Municipalidad puso a disposición de este Ministerio otros terrenos alternativos. Analizada la propuesta y dado que el cambio de terreno de emplazamiento de la obra traería aparejado importantes modificaciones de proyecto y de su presupuesto oficial, y atento que la misma se encuentra licitada y en proceso de evaluación de ofertas para su adjudicación, se reitera la necesidad de que esa Municipalidad proceda al desalojo de los terrenos originalmente afectados al proyecto licitado, atento que de no resultar posible la concreción del mismo no podrá darse continuidad al proceso licitatorio en curso”.
La abogada del municipio finalizó su presentación con tres pedidos urgentes:
A) Se disponga la medida de no innovar decretándose la suspensión inmediata de todas las construcciones que se encuentran en ejecución en el terreno.
B) Impedir la realización de todo tipo de actos sobre el mismo, ya sean materiales o jurídicos.
C) Custodia policial del predio.
Escrito por: Redacción InfoCañuelas
