19 de abril. Cañuelas, Argentina.

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Restringen el tránsito de camiones en la zona de Cañuelas durante el fin de semana largo

El viernes 17, sábado 18 y martes 21 habrá limitaciones para los vehículos de gran porte.

La Sección de Seguridad Vial “Cañuelas” de Gendarmería Nacional informó que de acuerdo a la disposición Nro. 265/2022 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, este fin de semana largo está prevista la restricción de circulación para vehículos de gran porte a fin de priorizar el tránsito seguro de la población que viajará a distintos centros vacacionales.

La restricción afectará a las siguientes categorías:

N2: Vehículos utilizados para transporte de carga y con un peso máximo superior a las 3,5 ton. pero que no exceda las 12 ton. 

N3: Vehículos utilizados para transporte de carga y con un peso máximo superior a las 12 ton. 

0: Acoplados (incluyendo semi-acoplados)

03: Acoplados con un peso máximo superior a las 3,5 ton. pero que no exceda las 10 ton. 

04: Acoplados con un peso máximo superior a las 10 ton.

Dicha restricción rige para la zona, sobre la Autopista Ezeiza – Cañuelas y las rutas Nacionales 3 y 205, entre otras, en los siguientes días y horarios:

Viernes 17 de febrero: desde las 7 hasta las 10 hs.
Sábado 18 de febrero: desde las 7 hasta las 10 hs.
Martes 21 de febrero: desde las 18 hasta las 21 hs.

Ante cualquier duda, consultar en las páginas oficiales dl Ministerio de Transporte o de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

QUEDAN EXCEPTUADOS DE LA MEDIDA

• Transportes de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados.
• Transporte con animales vivos.
• Productos frutihortícolas en tránsito.
• Atención de emergencias.
• Asistencia de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
• Cisterna de traslado de combustibles, gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
• Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria; en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
• Transporte de medicinas.
• Transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.
• Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
• Transporte de sebo, huesos y cueros.

Escrito por: Redacción InfoCañuelas