19 de mayo. Cañuelas, Argentina.

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Procesaron al desarrollador de un barrio privado de Cañuelas

Más de 15 compradores de lotes lo acusan de estafas reiteradas, administración fraudulenta y coacción.

Los poseedores hicieron notar su descontento con pintadas dentro del barrio.

Los poseedores hicieron notar su descontento con pintadas dentro del barrio.

La fiscal Norma Pippo procesó al desarrollador de un barrio privado de Cañuelas por el presunto delito de estelionato (estafa) reiterado, en concurso real con administración fraudulenta y coacción, en perjuicio de varias familias que adquirieron lotes y no pudieron escriturar.

La medida fue dictada el 5 de mayo contra el empresario Manuel Bayón Rodríguez, cara visible del barrio Praderas 57 de Cañuelas.

La causa Nº 3644 se inició en 2024, promovida por 16 compradores: Mariana Serventic, Romina Aranda, Diego Ganga, Diego Mendoza, Sabrina Chayle, Alejandro Catalfo, Rodolfo Deohle, Leonardo Cañete, Daniel Mansilla, Jonathan Bustos, Karen Carabajal, Hernán Antonio Britez, Víctor Gonçalvez, Lorena Gil Paiva, Antonella Gil Paiva y Ariel Monzón.

“Bayón ofrecía los lotes con amenities que nunca existieron. Además, vendía las parcelas con la promesa de que los compradores podrían escriturar al terminar de pagar. La realidad es que, cuando finalizaron los pagos, no pudieron acceder a la escritura porque el desarrollador nunca presentó la prefactibilidad para construir el barrio. Inició los trámites de forma muy tardía y vendió los terrenos como si se pudiesen escriturar de inmediato”, explicó una fuente judicial a InfoCañuelas.

Los denunciantes también plantearon que hubo amenazas y cortes de luz en perjuicio de los vecinos que pretendían llevar el tema a la justicia. Además, demostraron que no había un consorcio constituido y que el titular del barrio recaudaba las expensas en una cuenta personal; por esa razón, también quedó imputado por coacción y administración fraudulenta.

Si bien el imputado tiene domicilio en España y existen riesgos procesales, fuentes de la UFI 2 dijeron que “por el momento” no se ordenó su detención porque siempre se mantuvo a derecho y se presentó cada vez que fue citado.

El estelionato (artículo 173, inciso 9, del Código Penal Argentino) es una variante de la estafa o defraudación que prevé una pena de un mes a seis años de prisión. Se configura cuando una persona vende un bien ocultando que éste tiene alguna restricción o disputa legal.

El emprendimiento, ubicado sobre la Ruta 3 en el partido de Cañuelas, está conformado por 36 hectáreas, de las cuales 23,7 están destinadas a lotes residenciales, 5,5 a esparcimiento y 1,2 a uso comunitario.
 

Escrito por: Redacción InfoCañuelas