En los últimos días de diciembre una vecina de General Rodríguez inició una Acción de Amparo por Mora Administrativa contra el Juzgado de Faltas de Cañuelas por la generación de una fotomulta en el kilómetro 68 de la Ruta 3 en diciembre de 2022. La denunciante argumentó que no fue notificada de la supuesta infracción en tiempo y forma, que los plazos de aplicabilidad se vencieron, que la constatación se realizó en una zona no señalizada y que nunca le respondieron la apelación que formuló, por lo que no tuvo posibilidad real de defensa.
La causa fue promovida el 26 de noviembre de 2025 por Marisa Carvajal ante el Juzgado Contencioso Administrativo 3 de La Plata. El 30 de diciembre, en el filo del inicio de la feria judicial, la jueza Güendalina Sessarego ordenó la primera medida: un oficio a la Dirección de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires para que, en el plazo de cinco días, informe respecto de la demora denunciada; y eleve una copia de todo el expediente.
La fotomulta cuestionada fue labrada el 24 de diciembre de 2022 a las 12.51 en el km. 68 de la Ruta 3, donde una Ford EcoSport Dominio AC078IK, propiedad de Carvajal, fue fotografiada transitando a 100 kilómetros en una zona donde la velocidad máxima es 60.
A través de su abogada Camila Aimé Fernández Vargas, la actora argumentó que el acta de constatación (que desde el inicio lleva implícita una condena) “carece de firma de autoridad competente”; que no se cumplió con el plazo de notificación dentro de los 60 días hábiles desde la constatación, y que debido al tiempo transcurrido (más de dos años) la causa debería ser anulada por prescripción.
Asimismo, recordó que la falta de señalización de la existencia de controles de velocidad torna nula el acta de infracción.
Antes de promover la demanda, Carvajal realizó un descargo vía web con fecha de 9 julio de 2025 y una apelación, que no fue respondida. Luego, entre el 19 de agosto y el 7 de noviembre de 2025, procuró en 19 oportunidades comunicarse con el Juzgado de Faltas de Cañuelas. Recién el 8 de octubre, luego de una decena de intentos fallidos, un empleado del organismo le dijo que ni bien tuviera una respuesta del juez, se la transmitiría, algo que nunca sucedió.
“La conducta omisiva del Juzgado Municipal de Faltas de Cañuelas configuró una denegación de justicia tácita por inacción manifiesta, en clara vulneración del derecho de defensa en juicio, el debido proceso y el acceso efectivo a la justicia. La jurisprudencia es amigable al sostener que la mora administrativa injustificada torna procedente la vía del amparo” concluye la demanda.
Otro caso pendiente
El 17 de diciembre InfoCañuelas publicó otro caso similar: el del ciudadano Mauricio Alejandro Spoto, quien también promovió un amparo por mora contra el Juzgado de Faltas de Cañuelas debido que nunca le respondieron un recurso de apelación por una fotomulta.
Con fecha 12 de setiembre de 2025 la jueza Dra. María Ventura Martínez, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nro. 4 de La Plata, hizo lugar al reclamo y le ordenó al Juzgado de Faltas que respondiera el recurso de Spoto en un plazo de cinco días hábiles.
En los primeros días de octubre Spoto volvió a denunciar que el juzgado cañuelense había desacatado el fallo, por lo que reclamó la aplicación de un astreinte (multa económica diaria) por incumplimiento de una sentencia).
Escrito por: Redacción InfoCañuelas
