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17 de diciembre. Cañuelas, Argentina.

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Fallo contra el Juzgado de Faltas por no responder una apelación en una causa de fotomultas

A pesar del dictamen, el Juzgado local sigue sin dar respuesta al infraccionado, lo que podría dar lugar a una multa diaria.

La fotomulta que dio origen a un fuerte conflicto judicial.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nro. 4 de La Plata hizo lugar a un amparo por mora presentado por un ciudadano que demandó al Juzgado de Faltas Nro. 2 de Cañuelas por la ausencia de respuesta a un recurso de apelación que interpuso en una causa por fotomultas.

A pesar del fallo adverso de la justicia provincial, el Juzgado local sigue sin dar respuesta al ciudadano, por lo que su abogado reclamó que la justicia aplique un astreinte (multa económica) que recaería sobre el funcionario responsable del incumplimiento, en este caso el juez de Faltas Dr. Alexis Cartasegna.

El derrotero judicial se inició con una infracción de tránsito aplicada el 20 de febrero de 2023 a Mauricio Alejandro Spoto, quien circulaba en su automóvil Chevrolet Prisma MRF 768 por el km. 68 de Ruta 3 a 72 kilómetros cuando la velocidad máxima permitida en el lugar es 60.

Oportunamente el Dr. Cartasegna condenó a Spoto a pagar $ 128.300 por la infracción detectada en el sistema de fotomultas. El 3 de junio de 2025, a través de su abogado Gonzalo Martín Echegoy Astegiano, Spoto interpuso un recurso de apelación, pero el Juzgado de Faltas no se expidió dentro de los cinco días de plazo que tenía para hacerlo, lo que dio lugar a un amparo por mora en el accionar de la administración de justicia local.

Con fecha 12 de setiembre de 2025 la jueza Dra. María Ventura Martínez, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nro. 4 de La Plata, hizo lugar al reclamo y le ordenó al Juzgado de Faltas que responda el recurso de Spoto dentro de los cinco días hábiles que prevé la normativa.

“Se observa claramente que el plazo en el cual la autoridad demandada debió resolver la petición de la parte actora se encuentra vencido, no advirtiéndose causa que justifique la demora” sentenció la Dra. Martínez, y recordó que “el incumplimiento del deber de pronunciarse en forma expresa y fundada frente al pedido presentado, resulta violatorio de la garantía de defensa”.

Además, la magistrada condenó al Juzgado a pagar las costas del proceso ($ 238.000), monto que, luego de un reclamo de Echegoy Astegiano por demoras en la acreditación, fue abonado por la Municipalidad de Cañuelas, bajo cuya órbita funciona el Juzgado de Faltas.

En los primeros días de octubre Echegoy Astegiano volvió a la carga porque el Juzgado seguía sin cumplir con la parte central del fallo, es decir, dar respuesta a la apelación interpuesta en la causa inicial por la fotomulta.

Este nuevo reclamo de Spoto fue girado al Juzgado de Faltas y también a la asesoría Legal del municipio, que a través de la abogada Micaela Ramírez buscó desligarse del problema. “La Municipalidad no posee competencia directa para resolver el planteo sustancial efectuado por la actora, en tanto la competencia exclusiva en materia de faltas y recursos, se encuentra bajo la órbita de los Juzgado de Faltas. Por lo expuesto precedentemente se solicita a Vuestra Señoría tenga bien a notificar a los domicilios electrónicos de los Juzgados de Faltas 1 y 2, elevados por esta asesoría con fecha 15/10” respondió Ramírez.

Cansado de estas dilaciones, el abogado de Spoto presentó un nuevo escrito ante la jueza Martínez pidiendo que aplique “sanciones conminatorias en cabeza del responsable administrativo demandado” (el juez de Faltas Dr. Alexis Cartasegna) por esta persistencia en no responder el acto administrativo.
 

Escrito por: Redacción InfoCañuelas