25 de abril. Cañuelas, Argentina.

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ARBA postergó embargos, Ingresos Brutos y el vencimiento del Inmobiliario

El organismo tributaria reprogramó los vencimientos para aliviar la situación fiscal en medio de la pandemia.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) reprogramó para el mes próximo el vencimiento de la cuota 2 del Impuesto Inmobiliario Urbano, tanto en la planta baldía como edificada, que vencía el 14 de abril.

El director de organismo, Cristian Girard, explicó que “la medida apunta a aliviar la situación que enfrentan los contribuyentes de la provincia de Buenos Aires, en medio de las dificultades provocadas por la pandemia de COVID-19”.

Con los cambios implementados en el calendario fiscal, el vencimiento de la segunda cuota del Inmobiliario Urbano pasará para el 14 de mayo, es decir que habrá un plazo de 30 días más para pagarla.

INMOBILIARIO RURAL

ARBA reprogramó para el próximo viernes 17 de abril el vencimiento de la cuota 1 del Impuesto Inmobiliario Rural, que operaba hoy.

Con esta modificación en el calendario fiscal, los contribuyentes del sector contarán con 10 días más de plazo para cumplir con el tributo y recibir la bonificación de hasta un 20%, que se compone de un 15% por pago en término más un 5% adicional si adhieren al sistema de débito automático en tarjeta o cuenta bancaria.

El pago del Inmobiliario Rural puede realizarse de manera digital desde la página web del organismo: www.arba.gob.ar, con tarjeta de crédito. También a través de homebanking o mediante cajero automático, luego de obtener el código de pago electrónico.

SUSPENSIÓN DE EMBARGOS HASTA EL 31 DE MAYO

En la misma línea ARBA resolvió extender hasta el 31 de mayo próximo la suspensión de embargos sobre cuentas bancarias y derechos de crédito.

“La medida, que se suma a otras iniciativas de estímulo promovidas por el gobierno provincial, busca ayudar a las pymes, microempresas, profesionales, autónomos y prestadores de servicios que están atravesando una situación crítica. Los contribuyentes que enfrentan deudas tributarias en proceso de cobro judicial tienen garantizado que no sufrirán inhibiciones ni embargos en los próximos dos meses”, explicó Girard.

La norma, ya publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dispone que, de manera transitoria, la Agencia de Recaudación no solicitará hasta el 31 de mayo de 2020 las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del Código Fiscal en juicios de apremio, entre ellas el embargo de cuentas bancarias y la inhibición de bienes. De esta forma, extiende una resolución que el organismo aplica desde septiembre del año pasado.

POSTERGAN VENCIMIENTOS DE INGRESOS BRUTOS A PYMES

La agencia tributara bonaerense también reprogramó para el mes de mayo y junio vencimientos relacionados con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que operaban en los primeros días de abril. Se trata, específicamente, del pago de la tercera cuota del anticipo 2020 y de la presentación de la declaración jurada de ingresos correspondiente a 2019.

La reprogramación, que se oficializará en los próximos días en el Boletín Oficial, difiere la fecha de presentación de la declaración jurada anual 2019 por dos meses. Según el calendario vigente, estaba prevista a partir del 6 de abril y se podrá presentar del 1 al 12 de junio, en función de la terminación de la CUIT del contribuyente. A la vez, posterga del 4 al 15 de mayo el vencimiento de la cuota 3 del anticipo de Ingresos Brutos, que empezaba a operar el 20 de abril.

Escrito por: Redacción InfoCañuelas