25 de abril. Cañuelas, Argentina.

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ABSA deberá hacer obras para reducir el arsénico

El Tribunal Criminal 3 de La Plata resolvió el amparo presentado por vecinos de Cañuelas. Los jueces determinaron que la calidad del agua "pone en riesgo la salud de la población". La empresa también deberá hacer análisis cada seis meses e informar los resultados a sus clientes. La Municipalidad quedó excluida de la demanda.

La empresa ABSA -prestadora de los servicios de agua y cloacas en la ciudad de Cañuelas- tiene un plazo de tres meses para presentar un plan de obras que permita reducir los niveles de arsénico "en forma gradual y paulatina en el plazo de tres años hasta llegar a los niveles exigidos por el Código Alimentario Argentino".

Así lo resolvió el Tribunal en lo Criminal Nro. 3 de La Plata que integran los Dres. Santiago Paolini, Ernesto Domenech y Andrés Vitali en una resolución dictada el 26 de agosto pasado, en respuesta al amparo impulsado a mediado de 2013 por un grupo de vecinos de Cañuelas encabezado por Alfredo Martínez, y patrocinado por la abogada Verónica Zulaica.

En paralelo el Tribunal determinó que la empresa ABSA deberá informar a la población, con una periodicidad de seis meses, la cantidad de arsénico presente en el fluido que distribuye en Cañuelas.

De acuerdo a la pericia realizada el 17 de marzo por la Dra. Leda Giannuzzi, titular de la cátedra de Toxicología de la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de La Plata, "se ha acreditado que el agua que se provee en Cañuelas posee un contenido de 0,025 mg de arsénico por litro", cuando el valor máximo permitido por el Código Alimentario es 0,01 mg. Es decir que el químico presente en el agua de la ciudad es más del doble del permitido (en el fallo se consigna 0,25 mg/l pero hay un error en la transcripción de la pericia realizada por la Dra. Giannuzzi). 

En ese sentido los jueces Paolini, Domenech y Vitali determinaron que "Debe hacerse lugar al amparo porque la calidad del agua pone en riesgo la salud de la población que la recibe"; y calificaron esa amenaza como "claramente actual" y "no a futuro". 

En el mismo fallo los jueces rechazaron el pedido de los vecinos respecto a las irregularidades del cuadro tarifario y consideraron que no resultaba procedente accionar contra la Municipalidad de Cañuelas. En ese punto el Tribunal le dio la razón al argumento de "excepción de falta de legitimación pasiva" formulado por el apoderado de la comuna, José Luis Perrotat, quien sostuvo que la Municipalidad no está obligada a prestar ni a controlar el servicio de agua corriente; y recordó que en 2011 la Municipalidad le transfirió el servicio a la Provincia, que a su vez lo concesionó por decreto a ABSA.

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Escrito por: Redacción InfoCañuelas