29 de marzo. Cañuelas, Argentina.

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Reforma tributaria

Principales aspectos de los cambios a nivel impositivo que se discutirán en el Congreso.

GANANCIAS

Baja progresivamente la alícuota de ganancias para sociedades al 25% (hoy 35%) y se gravan los dividendos (10%). Esta disminución está supeditada a la realización de inversiones por parte de las compañías.

El borrador de reforma establece que no se aceptarán exenciones totales o parciales en el impuesto a las personas físicas. Esta derogación de privilegios incluye terminar con exenciones en el Impuesto a las Ganancias para gastos de representación, viáticos, movilidad, bonificación especial, protocolo, riesgo profesional, coeficiente técnico, dedicación especial o funcional, responsabilidad jerárquica o funcional, desarraigo y cualquier otra compensación de esta naturaleza. Ejemplo: empleados Patagónicos pagarían impuesto como en el resto del país.

Para las personas humanas, se incluyen dentro del hecho imponible las transacciones con monedas digitales, las cesiones de derechos en fideicomiso y la enajenación de cuotas de fondos comunes de inversión. La compraventa de acciones se mantiene exenta.

También las ganancias por venta de inmuebles, excepto por la venta de la casa habitación, estarán gravadas. Por estas ganancias se pagara una alícuota especial (15%) En el caso de la venta de inmuebles la tributación es para inmuebles adquiridos con posterioridad a la vigencia de la ley.

RENTA FINANCIERA - PERSONAS HUMANAS

Alícuota intereses y ganancias de capital de títulos públicos, plazos fijos, ON, de títulos en pesos sin indexación: 5% ajustable por el Poder Ejecutivo. 

En moneda dura o en pesos con cláusula de ajuste: 15%. 

IMPUESTOS INTERNOS

• Los celulares, televisores, monitores y otros productos similares pasan de tributar 17% de impuestos internos a 0%.
• Los autos de gama media que van de $380.000 a $800.000 reducirán sus tributos de impuestos internos de 10% a 0.
• Las motos de gama media de $70.000 a $140.000 pasan también de 10% a 0.
• Las aeronaves suben de 10% a 20%.
• Las embarcaciones de gama alta (más de $430.000) duplican sus tributos internos de 10% a 20%.
• Las motos de alta gama (más de $140.000) también pasan del 10% al 20%.
• Whisky, coñac y otras bebidas blancas pasan del 20% a una propuesta gradual que los llevará al 29%.
• Las cervezas del 8 al 17%.
• Los espumantes del 0% al 17% de manera gradual.
• Los vinos y sidras de 0 a 10% también de manera gradual.
• Las gaseosas en general y otras bebidas sin alcohol pasan de entre 4 y 8% a un 17% gradual las que tienen azúcar añadido. Cabe aclarar que las light o sin azúcar mantienen el 0%.
• Los cigarrillos tendrán una tasa del 70%.

En tanto, los impuestos a los combustibles se simplificarán.

Pasan a ser dos montos de suma fija (uno de ellos por emisiones de CO2 y el otro establecido de forma tal que no altere la carga tributaria actual).

Cuando varíe el tipo de cambio real o el precio del petróleo, la nueva estructura del impuesto funcionará como amortiguador y el precio de los combustibles variará menos que bajo la estructura actual. 

IVA

Otro punto refiere a que las empresas que proveen servicios en el país pero no están radicadas aquí paguen IVA como es el caso de Netflix. 

MONOTRIBUTO

No podrán estar inscriptos en este impuesto aquellos contribuyentes que posean un patrimonio igual o superior a tres veces el mínimo no imponible del impuesto a los bienes personales (U$S 160.000 aproximadamente).

AUTÓNOMOS

La reforma prevé modificar el mínimo no imponible para esta categoría, generando una disminución en la carga impositiva. Los trabajadores autónomos habían sido postergados respecto a los ajustes hechos anteriormente al impuesto.

CONTRIBUCIONES PATRONALES - BLANQUEO LABORAL

Se prevé una disminución gradual del pago por parte de los empleadores de contribuciones patronales, llegando al 100% en un plazo de 5 años. Esto rige para sueldos brutos inferiores a $11.500 (este monto será indexado por inflación).

Respecto al Blanqueo Laboral, la opción que daría el estado de aprobarse la reforma sería permitir registrar a los trabajadores no registrados condonando pago de multa e intereses por los primeros 6 meses post aprobación de la ley, y con un costo del 30% en los segundos 6 meses. Pero el proyecto también incluye una advertencia: estos beneficios para el empleador caerán automáticamente si se constata que mantuvo empleados en negro o con irregularidades después de ingresar al blanqueo.

Además, los cambios en este aspecto incluyen modificaciones en el cálculo de indemnizaciones (hacia abajo), mejoras en ciertos aspectos ligados al balance trabajo y vida familiar (15 días de licencia para paternidad) y posibilidad de tomar una licencia de 1 mes sin goce de sueldo. Los trabajadores con hijos de hasta 4 años podrán acordar con su empleador jornadas laborales reducidas y cobrarán el proporcional al tiempo trabajado.

Asimismo, se crearía una figura similar a la del monotributo actual, para empleadores que tengan máximo una nómina de 4 personas, en la cual se podría tener en blanco a los empleados a través del pago de una cuota única y mensual que reemplazaría al actual sistema de previsión y salud, simplificándolo.

Dr. Diego F. Rodríguez
Socio Estudio rodriguez y saldias
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Escrito por: Redacción InfoCañuelas